Los jueces acortan el plazo a un mes en un protocolo.La actualización del protocolo se hace a partir de la experiencia en la gestión de los concursos en los seis años anteriores y a la luz del nuevo texto refundido de la ley concursal promulgado en el 2020. Según el documento aprobado por los jueces, parece oportuno modificar el protocolo para apostar por un procedimiento “consistente en tramitar la conclusión del concurso y, con ello, la posible exoneración de deudas, desde el inicio de concurso con el auto de declaración”. Llevado a la práctica, los plazos pueden bajar de cerca de un año a solo un mes, un ahorro de tiempo que beneficiaría tanto a los deudores que van a concurso como a los juzgados, que serían mucho más expeditivos. El camino más rápido se aplicará a los concursos de aquellas personas que reúnan tres condiciones: que hayan tratado de refinanciar sus deudas de la mano de un mediador concursal, que no tengan masa activa y que aspiren a lograr el perdón judicial de sus deudas o beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho.
