Consecuencias en el proceso concursal tras la venta extrajudicial de activos; la subasta.

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Dentro de la operativa de la venta extrajudicial de activos, debemos destacar que la figura del órgano de la Administración Concursal cobra su particular poder e importancia, al serle reconocida su habilitación para la consumación dispositiva de los activos enajenados, mediante el otorgamiento de los actos y contratos que fueran necesarios, sirviendo la resolución judicial como autorización expresa a tales efectos.

Una vez cumplimentados los trámites de venta, será la misma Administración Concursal la que deberá de presentar la petición de conclusión de concurso por finalización de operaciones de liquidación y rendición de cuentas.

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